Las Casas Refugio fundamentales en la ruta de atención de violencias de género
Una de las herramientas más importantes con las que cuenta la ciudad de Bogotá para interrumpir los ciclos de violencia contras las mujeres son las denominadas casas refugio. De acuerdo con la Secretaría de la Mujer del Distrito, son espacios físicos donde se brinda un periodo de acogida, refugio y protección a mujeres que han sido víctimas de violencia, por su condición de género.
Tristemente los niveles de violencia contra las mujeres pueden ser muy extremos y ponen en riesgo no sólo sus propias vidas, sino de todo su grupo familiar. Por esta razón ellas pueden llegar a las casas acompañadas de sus hijos o personas a cargo
En estos espacios se les brinda acompañamiento integral, se les empodera en sus derechos y se trabaja para fortalecer su autonomía para el ejercicio de una vida digna y libre de violencias. Entre los servicios que se ofrecen a las víctimas están la atención psicosocial, la asesoría, orientación y acompañamiento socio-jurídico, ocupacional, nutricional y pedagógico.
La capital cuenta con 5 casas refugio, 4 para mujeres víctimas de violencia en el ámbito intrafamiliar y una para las mujeres víctimas de violencia en el marco del conflicto armado. Para los casos de violencia intrafamiliar las mujeres deben llegar por remisión de una Comisaría de Familia, Juez de Control de Garantías o Jueces de Familia donde se les debió realizar una valoración del riesgo para determinar si requerían de este servicio. En el caso de las víctimas del conflicto armado su remisión a la casa refugio se da por parte de la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz y la Reconciliación, los Centros Dignificar y la Personería Delegada para la Protección de Víctimas.
Por el potencial riesgo de que el agresor contacte de nuevo a su víctima, estas casas se mantienen en completa reserva y se toman todas las medidas necesarias para que no sean visibles o fácilmente ubicadas. De esta manera por ejemplo, si la mujer se encuentra vinculada laboralmente se le brindan todas las condiciones para transportarla de manera segura de ida o regreso a su trabajo. En el caso de sus hijos son reubicados en otros colegios del Distrito, teniendo en cuenta que es muy probable que el agresor conozca donde estudian y busque acercarse por esta vía.
Muchos de los servicios de las casas refugio se dan a través de diferentes convenios con entidades del distrito, como es el caso de la Secretaría de Educación con el proyecto “Aulas Refugio” que además de permitir que los hijos e hijas de las víctimas no interrumpan sus ciclos educativos, también les da la posibilidad a las mujeres para que ingresen a un proceso educativo flexible, para fortalecer capacidades y habilidades que les permitan acceder de manera más fácil a una oportunidad productiva.
De acuerdo con la Secretaría de la Mujer durante el 2018 le han prestado este servicio a 830 personas, es decir mujeres con sus sistema familiares. Los cupos para ingresar a estos espacios están regulados por el marco de la Ley 1257 de 2008 en el caso de violencia intrafamiliar y de la Ley 1448 de 2011 en el caso de las víctimas del conflicto armado.
Es importante tener en cuenta que no pueden ingresar hombres mayores de 18 años, personas consumidoras de sustancias psicoactivas o que tengan una enfermedad mental que pueda afectar la convivencia de las personas que se encuentren también en protección.
Las casas refugio hacen parte de los servicios que brinda la ruta de atención a mujeres víctimas de violencia, es un derecho, que como ya lo mencionamos establece la Ley 1257, donde se indica que se debe remitir a la víctima y a sus hijas e hijos a un sitio donde encuentren la guarda de su vida, dignidad e integridad y la de su grupo familiar.
Es muy importante que las mujeres conozcan estas normas y sepan cuáles son sus derechos. Las invitamos para que conozcan la ruta única de atención que construyó la Secretaría de la Mujer de Bogotá, para atender a las mujeres víctimas de violencias y en riesgo de feminicidio.